España Profunda

La responsabilidad jurídica de la corbata

Publicada : 06/04/2000   /   Cazada por:   /   Comentarios (1)

Vestido con pantalones tejanos y jersey, David Alvarez Alvarez entró a las 16.45 del 25 de febrero en una sala
del Tribunal Supremo dispuesto a examinarse para ser juez. El tribunal examinador se quedó en silencio,
observándole. Pasaron unos minutos antes de que el aspirante a juez pudiera enterarse de qué pasaba: al tribunal
no le gustaba cómo iba vestido y le daba hora y cuarto para que se vistiera correctamente, con chaqueta y
corbata. El presidente del tribunal de ingreso en el mundo de las togas le explicó que "los usos sociales también
vinculan" y que puesto que el tribunal le recibía "correctamente vestido", también él debía hacerlo. El opositor se
negó a acatar las instrucciones del tribunal, alegando que jamás había sucumbido a la uniformidad masculina de la
corbata y la chaqueta y que el año pasad o ya se había presentado a las pruebas sin el terno requerido y no había
tenido problemas. El tribunal, ante la negativa de David Alvarez, decidió no examinarle. El opositor presentó un
recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial, que acaba de darle la razón y ha ordenado la
constitución de un nuevo tribunal para examinar al recurrente. El consejo subraya que el incumplimiento de un uso
social en el vestir "no acarrea responsabilidad jurídica alguna, sino, a lo sumo, cierta reprobación social". Y
agrega que, aunque "en el tráfico jurídico" existe cierta uniformidad en el vestir con traje y corbata, quienes así se
acicalan no tienen la convicción "de estar cumpliendo una norma", pues el correcto vestir "no se considerara
conducta debida, sino actuación conveniente". El consejo remacha que la no utilización de chaqueta y corbata "no
puede amparar la decisión adoptada por el tribunal, consistente en impedirle realizar tal ejercicio, pues se le está
generando una responsabilidad con grave trascen dencia". En resumidas ,cuentas, el CGPJ ordena que se
examine a David A., aunque le reprocha a éste que se negara a cambiar su indumentaria cuando el tribunal le
reprendió. El consejo no dice ni pío sobre cómo debería presentarse al examen el aspirante, que, si aprueba,
tendrá que claudicar con la corbata para vestir toga e impartir justicia.

Eso es tener un par de pelotas

Comentarios en Facebook

Comentarios antiguos

  • 03/03/2005 Miquele

    No me gustaría estar en su situación si quisiera aprobar la oposición.